Contrato de arrendamiento: qué debe incluir para evitar problemas
La mayoría de los problemas entre arrendador e inquilino vienen de algo que no se escribió: quién paga una reparación, cuánto sube la renta o cuándo se devuelve el depósito. Esta guía repasa lo que conviene dejar por escrito antes de entregar las llaves.
Los datos básicos
- Nombre de arrendador e inquilino, con identificación.
- Domicilio completo del inmueble y para qué se usará: vivienda, oficina o local.
- Monto de la renta, día de pago, forma de pago y a qué cuenta.
- Fecha de inicio y plazo del contrato.
Depósito en garantía
Es común pedir un mes de renta. Escribe para qué sirve (daños y adeudos al terminar, no la última renta), en qué plazo se devuelve después de entregar el inmueble y cómo se comprueban los descuentos. Haz un recibo aparte por el depósito.
Aumentos de renta
Pon cuándo y cómo sube la renta: por ejemplo, cada año según la inflación. En la Ciudad de México, desde 2024, el aumento anual de la renta de vivienda no puede ser mayor que la inflación del año anterior que reporta el Banco de México, y los contratos de vivienda deben registrarse en la plataforma del gobierno de la ciudad. En otros estados, revisa su código civil.
Mantenimiento y reparaciones
Como regla general, al arrendador le tocan las reparaciones necesarias para que el inmueble se pueda usar (instalaciones, filtraciones, estructura) y al inquilino los deterioros que cause y el cuidado ordinario. Escribe quién paga el mantenimiento del condominio, el predial, el agua y la luz.
Fiador o garantía
Puede pedirse un fiador con un inmueble a su nombre, una fianza de una afianzadora o un depósito mayor. Lo que se elija debe quedar en el contrato, con los datos de quien garantiza.
Entrega, inventario y salida
Anexa un inventario con fotos del estado del inmueble al entregarlo: paredes, pisos, muebles, aparatos y llaves. Al terminar, se compara contra ese inventario. Define también cuánto aviso se da para no renovar y qué pasa si alguien termina antes del plazo, por ejemplo una penalización de un mes.
Preguntas frecuentes
¿Un contrato de arrendamiento tiene que ir ante notario?
No es obligatorio para casa o local; basta con que lo firmen las partes y, de preferencia, dos testigos. Algunas regiones piden registrarlo, como la Ciudad de México en vivienda.
¿Cuánto puede subir la renta cada año?
Lo que diga el contrato. En la Ciudad de México, para vivienda, el aumento no puede superar la inflación del año anterior. En otros estados, revisa tu código civil.
¿Quién paga el predial de un inmueble rentado?
Normalmente el propietario, porque es un impuesto sobre su inmueble. Si se acuerda otra cosa, debe quedar en el contrato.
Fuentes consultadas
- Código Civil Federal, título sexto: del arrendamiento (Cámara de Diputados)
- IDC: límite a los aumentos de renta en la CDMX (artículos 2448 D y 2448 F del Código Civil para el Distrito Federal)
Esta guía es informativa. Las reglas legales cambian según el estado y el trámite; confirma tu caso con la dependencia o con un abogado.