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Guías · Guía para negocios y freelancers

Cómo facturar en RESICO paso a paso (CFDI 4.0)

Por el equipo editorial de UtiliWebs · Actualizado el 12 de octubre de 2026 4 min de lectura

Si eres persona física en el Régimen Simplificado de Confianza, facturar es parte de tu día a día y además es la base de tu ISR mensual. Estos son los datos que necesitas y los pasos para emitir tu CFDI sin que te lo rechacen.

Antes de empezar

  • Tu contraseña del SAT o tu e.firma vigente.
  • Los datos fiscales de tu cliente tal como aparecen en su constancia de situación fiscal: RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal.
  • El uso que tu cliente le dará a la factura (por ejemplo, G03 Gastos en general).
  • Lo que vas a facturar: descripción, cantidad, precio e impuestos.

Paso a paso en el portal del SAT

  1. Entra al servicio de factura electrónica del SAT y elige generar un comprobante (CFDI de ingreso).
  2. Revisa tus datos como emisor: tu régimen debe ser 626 Régimen Simplificado de Confianza.
  3. Captura los datos del receptor exactamente como en su constancia: un nombre con una letra distinta o un código postal equivocado hacen que el CFDI 4.0 se rechace.
  4. Elige el método de pago: PUE si ya te pagaron, o PPD si te pagarán después o en parcialidades. Con PPD, la forma de pago va como "99 Por definir".
  5. Agrega los conceptos con su clave de producto o servicio, cantidad, unidad y precio.
  6. Indica los impuestos: IVA trasladado y, si tu cliente es persona moral, las retenciones.
  7. Revisa la vista previa, sella la factura y envía el PDF y el XML a tu cliente.

Retenciones cuando facturas a una empresa

Si tu cliente es persona moral, te retiene el 1.25 % de ISR sobre el importe sin IVA. En servicios profesionales, normalmente también retiene dos terceras partes del IVA (10.6667 %). Con la calculadora de ISR RESICO y honorarios ves cuánto te depositarán. Ejemplo: por $20,000 más IVA, la factura es de $23,200 y recibes $20,816.66.

Si te pagan después: complemento de pago

Cuando facturas con PPD y luego recibes el dinero, debes emitir un complemento de pago (recibo electrónico de pago) a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al pago. Así el SAT y tu cliente saben que la factura ya se cobró.

Tu ISR mensual

En RESICO pagas ISR sobre lo que efectivamente cobraste en el mes, sin IVA y sin deducciones, con una tasa de 1 % a 2.5 %. La declaración se presenta a más tardar el día 17 del mes siguiente; ahí acreditas el ISR que te retuvieron. Por eso conviene llevar ordenadas tus facturas cobradas.

Errores que hacen que rechacen tu factura

  • Escribir el nombre del cliente con "S.A. de C.V." cuando su constancia no lo incluye (en CFDI 4.0 va sin régimen societario).
  • Usar un código postal o un régimen fiscal distinto al de la constancia.
  • Marcar PUE cuando todavía no te pagan.
  • Olvidar las retenciones con personas morales.

Para cotizar antes de facturar, usa el generador de cotizaciones; cuando el cliente acepte, conviértela en nota de cobro con un clic.

Preguntas frecuentes

¿Qué régimen pongo como emisor si estoy en RESICO?

El régimen 626, Régimen Simplificado de Confianza.

¿Cuánto me retiene una empresa si estoy en RESICO?

El 1.25 % del importe sin IVA por ISR y, en servicios profesionales, normalmente dos terceras partes del IVA.

¿Qué uso de CFDI pongo si mi cliente no me lo dice?

Pregúntale; es común G03 Gastos en general. Si el receptor es persona física sin obligaciones fiscales, se usa S01 Sin efectos fiscales.

Fuentes consultadas

Esta guía es informativa. Las reglas fiscales y legales pueden cambiar; confirma tu caso con un contador o un abogado.

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